Como ya vimos en el artículo anterior sobre los requisitos de los camiones
de segunda mano para circular por las vías públicas: Dispositivos de
limitación de velocidad, los camiones de segunda mano, tienen los
mismos requisitos para circular por carretera que los de reciente
matriculación, y en este artículo nos vamos a centrar en la protección
trasera.
Según el Anexo IV del Reglamento General de Vehículos, todos los vehículos
deben estar construidos y/o equipados con una protección eficaz en su
ancho contra el empotramiento de los vehículos destinados al transporte de personas con capacidad de hasta 9 plazas, incluido el conductor, al igual
que aquellos destinados al transporte de mercancías cuya MMA no supere
las 3,5 tonelada.
Al igual que ya sucedía para las limitaciones del camión, quedan exentos de esta obligatoriedad de protección trasera los tractocamiones para semirremolques y los camiones en los cuales la existencia de este tipo de protección sea incompatible con su utilización.