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Nuevo Reglamento General de Circulación: cambios que debes conocer desde el 1 de octubre

Nuevo Reglamento General de Circulación: cambios que debes conocer desde el 1 de octubre

El próximo 1 de octubre de 2026 entra en vigor la actualización del Reglamento General de Circulación aprobada por el Gobierno, una reforma que introduce nuevas normas orientadas principalmente a mejorar la protección de los usuarios más vulnerables de la vía.

La modificación incorpora cambios que afectan a diferentes usuarios de la vía, desde ciclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal hasta motociclistas y conductores de vehículos a motor. Además, se introducen nuevas normas específicas para la circulación en vías urbanas e interurbanas.

Para los profesionales del transporte, estas son algunas de las novedades más relevantes.

Nuevas normas al adelantar a ciclistas

Una de las modificaciones afecta directamente a las maniobras de adelantamiento a ciclistas en vías interurbanas.

A partir del 1 de octubre, el conductor que adelante a un ciclista deberá reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite existente en la vía. Además, cuando la calzada tenga más de un carril por sentido, deberá cambiar completamente de carril y mantener la separación lateral mínima de 1,5 metros.

En vías urbanas, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para mejorar su seguridad y los conductores de vehículos a motor deberán mantener una distancia mínima de 5 metros respecto a los ciclistas que circulen delante en el mismo carril.

Más precaución al rebasar vehículos inmovilizados

La nueva normativa también establece nuevas condiciones para los vehículos que rebasen a otros que se encuentren inmovilizados por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico.

En estos casos será necesario dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite existente en la vía.

Una medida especialmente relevante para quienes pasan buena parte de su jornada en carretera y pueden encontrarse con vehículos detenidos en el arcén o en la calzada.

Nuevo concepto de “carril de emergencia”

La reforma regula también cómo actuar cuando, debido a una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o se encuentren detenidos.

En estas situaciones deberán orillarse de manera que quede libre un espacio central que permita el paso de los vehículos de policía y de otros servicios de emergencia. Este espacio recibe el nombre de “carril de emergencia”.

Cuando la nieve dificulte la circulación

En autopistas y autovías, cuando la circulación se vea dificultada por la nieve, queda prohibido adelantar y los vehículos deberán circular únicamente por el carril de la derecha.

El carril izquierdo deberá quedar libre para facilitar la circulación de los vehículos de emergencia y de las máquinas quitanieves.

El cinturón también será obligatorio para los conductores de vehículos de mercancías

La reforma elimina las exenciones que existían para el uso del cinturón de seguridad por parte de los conductores de vehículos de mercancías, además de los conductores de taxi y vehículos de enseñanza de la conducción.

A partir de la entrada en vigor de la norma, deberán llevarlo puesto en todo momento.

Otros cambios de la reforma

El nuevo Reglamento General de Circulación también introduce modificaciones relacionadas con los vehículos de movilidad personal, ciclistas, motocicletas, caminos escolares seguros y autocaravanas, entre otros ámbitos.

Entre las novedades se establece una edad mínima de 15 años para conducir vehículos de movilidad personal y nuevas obligaciones de protección para sus usuarios; también se modifican determinadas normas relativas al uso del casco y equipamiento de motociclistas y riders.

¿Cuándo entra en vigor?

La actualización del Reglamento General de Circulación entrará en vigor el 1 de octubre de 2026.

Existen, no obstante, algunas excepciones: la obligación de alumbrado para los VMP y la relativa al casco homologado para usuarios de motocicletas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2027. La obligación relativa a los guantes de protección homologados quedará condicionada a la entrada en vigor de la orden ministerial que establezca sus especificaciones técnicas.

En Trucksur creemos que mantenerse informado sobre los cambios normativos es también parte de seguir avanzando.

Revisa las nuevas obligaciones, adapta tus hábitos de conducción y afronta cada ruta con la máxima seguridad.